LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS
Articulo 15
Articulo 15
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS
Artículo 15. Información fundamental – Ayuntamientos
1. Es información pública fundamental de los ayuntamientos:
X. La gaceta municipal y demás órganos de difusión y publicación oficial municipal;
XIII. Los convenios y contratos celebrados para la realización de obra pública;
XV. Los convenios para la prestación de servicios públicos coordinados o concesionados;
XVIII. El registro público de bienes del patrimonio municipal;
XXVII. Los archivos electrónicos de video y audio de las sesiones del Ayuntamiento; y
XXVII. La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Municipio correspondiente.