Art. 70 - XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente: 

  • a)Área;
  • b)Denominación del programa;
  • c)Periodo de vigencia;
  • d)Diseño, objetivos y alcances;
  • e)Metas físicas;
  • f)Población beneficiada estimada;
  • g)Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
  • h)Requisitos y procedimientos de acceso;
  • i)Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
  • j)Mecanismos de exigibilidad;
  • k)Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
  • l)Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
  • m)Formas de participación social;
  • n)Articulación con otros programas sociales;
  • o)Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente;
  • p)Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas, y
  • q)Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo;

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