Art. 70 - XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
Art. 70 - XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
- a)Área;
- b)Denominación del programa;
- c)Periodo de vigencia;
- d)Diseño, objetivos y alcances;
- e)Metas físicas;
- f)Población beneficiada estimada;
- g)Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
- h)Requisitos y procedimientos de acceso;
- i)Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
- j)Mecanismos de exigibilidad;
- k)Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
- l)Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
- m)Formas de participación social;
- n)Articulación con otros programas sociales;
- o)Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente;
- p)Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas, y
- q)Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo;
Fundamental
Trimestres anteriores
Contenedor